Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 8865/02 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: Autorízase al D.E. a suscribir la adhesión al Sistema de Atención Médica Organizada (S.A.M.O.) implementado por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, conforme a la Ley N° 8801/77, reglamentada por el Decreto N° 1158/79 y sus modificatorias, con todas las condiciones y efectos que de ellos se derivan.

Art. 2°: Quedan comprendidas en dicha adhesión las 10 Unidades Sanitarias dependientes de la Secretaría de Salud del Municipio de Hurlingham sitas en ANGEL BO – Levalle y Potosí, SAN JOSÉ OBRERO – Levalle y Quequén, 2 DE JUNIO – Nitingale y Plass, EVA PERÓN – Jufré 2237, 2 DE ABRIL – La Trilla y Ciudadela, EL LIBERTADOR – Carabelas y Franklin, BARRIO MITRE – Palermo 555, SAN MARTÍN DE PORRES – Pedraza 520, 21 DE AGOSTO – Granada y Padereski, SAN DAMIÁN – Ojeda 2381 así como también cualquier servicio de atención médica que se realice por intermedio del Hospital San Bernardino de Siena.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil tres.

REGISTRADA BAJO EL N° 3408.

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window