Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 3707/99 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1°: El D.E. efectuará una campaña intensiva sobre educación vial, conllevando con ella la instalación de señalización de velocidades máximas en las calles y avenidas de nuestro Partido.

Art. 2°: En función del Art. 1°, tomará las medidas necesarias para intensificar la presencia de agentes de tránsito.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de agosto de dos mil tres.

REGISTRADA BAJO EL N° 3561.

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