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Cde. Expte. Nº 5465/00 H.C.D. y adjto.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: Gírase al D.E. el Expte. N° 5465/00 H.C.D., (4133-97-2827 D.E.), y adjunto N° 4036/99 H.C.D., (4133-99-6032 D.E.), para que a través de los organismos competentes, informe:

Motivos por el cual el Departamento de Tributos no tuvo en cuenta las denuncias e inspecciones realizadas desde el año 1997 en el cual se verifico que se estaban desarrollando las actividades que hoy se quieren regularizar (Habilitación Municipal), según consta a fs. 138 vta. de las presentes actuaciones y no se le intima al pago de las tasas desde esa fecha.
Si la habilitación definitiva ya fue concedida.
Realizar una nueva inspección para verificar que dicha actividad no esté produciendo molestias a los vecinos (realizarla en horarios de fabricación) y verificar cantidad de empleados que se encuentran realizando dicha tarea.
Cumplido, infórmese al H.C.D.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de abril de dos mil tres.

REGISTRADA BAJO EL N° 001/03.

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