Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. 0442/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1: Facúltase a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante a girar los expedientes que habiendo sido destinados a la Comisión de Salud, Higiene, Acción Social y Comunitaria y de Presupuesto y Hacienda, y que se refieran a pedidos de eximición de Tasas por Servicios Generales (ABL), y/o Derechos de Inhumación (Cementerio); requieran informes socio económicos y ambientales, institucionales y estado de deuda de las partidas correspondientes, de distintos organismos del D.E.

Art. 2: Quedan incluídos en lo dispuesto en el artículo anterior, todos los expedientes que, teniendo origen tanto en el D.E. como en este Honorable Concejo Deliberante, requieran los informes mencionados en el art. 1.

Art.3: En función de lo establecido en el art. 1, apruébanse las notas-tipo contenidas en el expediente Nº 0442/96 H.C.D. y que obran a Fs. 2 a 4 del mismo.

Art. 4: Comuníquese, regístrese y archívese.

Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis.

REGISTRADO BAJO EL Nº 053/96.

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