Cde. Expte. Nº 0763/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
Art. 1º: El Sr. Presidente del H. Concejo Deliberante se dirigirá a las autoridades del Instituto Obra Médica Asistencial (IOMA), a efectos que la misma evalúe y procure la instalación de una Delegación de esta Obra Social dentro de la Jurisdicción de este Partido.
Art. 2º: Comuníquese, regístrese y archívese.
Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADO BAJO EL Nº 0066/96.