Decretos, Sanciones|

 

Cde. Expte. N° 18748/25 H.C.D.

 

 

VISTO:

             El Art. 68 Inc. 3) del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) e inciso 3° del artículo 49 del Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante.

Y

CONSIDERANDO:

             Que, existen expedientes que requieren de tratamiento por parte de este H.C.D. antes de dar por finalizado el presente año de labor legislativa,

POR ELLO:

  

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1º: Prorrógase el período de Sesiones Ordinarias por el término de 30 (treinta) días, según lo establecido en el Inc. 3) del artículo 68 del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) e inciso 3° del artículo 49 del Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante.

Art. 2°: Facúltase a la Presidencia de este Honorable Cuerpo a establecer el o los días de Sesión a desarrollarse durante el período de prórroga establecido, en función de lo dispuesto en el artículo primero.

Art. 3°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil veinticinco.

REGISTRADO BAJO EL N° 010/25.

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