Cde. Expte. Nº 0296/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: El D.E. procederá a otorgar habilitación comercial a favor del Sr. Ale Ernesto Chame, LE. 7.710.357, para la explotación del rubro Kiosco y venta de panchos, en el local ubicado en la Avda. Roca 1335 de la Ciudad de Hurlingham.
Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el expediente Nº 0296/96 H.C.D. (4133-2813-96 D.E.).
Art. 3º: La habilitación que se otorga por el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4º: La atención de los consumidores se realizará únicamente por la ventanilla del Kiosco, prohibiéndose el ingreso de los mismos al interior del local.
Art. 5º: Una vez promulgada la presente el D.E. procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 6º: Comuníquese al D.E.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0129.