Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. N° 16954/18 H.C.D.

VISTO:

La cantidad de expedientes en Comisiones sin tratamiento durante más de 2 años, Y,

CONSIDERANDO:

Que, en vista de mejorar la operatividad y funcionalidad del trabajo en Comisiones de los/las señores/as Concejales/as, resulta necesaria la definición de archivar los expedientes en Comisiones , una vez transcurrido un período considerable de tiempo sin haberse avanzado en su tratamiento, no sin antes notificar debidamente al interesado/a cuando se trate de personas físicas o jurídicas, para que, si correspondiera, puedan adjuntar información faltante en vistas a habilitar la prosecución del trámite.
Que, se aplicaría igual criterio que el implementado en el Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, de acuerdo a la Resolución del Honorable Senado sobre caducidad de proyectos de decreto, resolución, comunicación y/o declaración que en su artículo 1° resuelve: “Todo proyecto de decreto, de resolución, de comunicación o de declaración, sometido a la consideración del Honorable Senado, que no obtenga sanción durante el año parlamentario en que se dio cuenta al mismo, o en el siguiente, se tendrá por caducado”.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1°: Archivar los expedientes que se encuentren detenidos, sin ningún tipo de movimiento, en Comisiones por el plazo de dos (2) años o más.

Art. 2°: Proceder al archivo automático de los expedientes iniciados por Concejales/as con mandato vencido o por Bloque Políticos, una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo anterior.

Art. 3°: Notificar por nota al domicilio denunciado en el expediente, en el caso de haber sido iniciado por personas físicas o jurídicas, debiéndose presentar el/la o las/los titular/es en el plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción de la misma, al Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, para dar impulso al tratamiento del expediente en cuestión. Caso contrario, se procederá a archivarlo.

Art. 4°: Incorpórese al Reglamento Interno de este Honorable Cuerpo, el Capítulo “Del Archivo de Expedientes” con su correspondiente articulado, adecuado al presente, de acuerdo al orden preestablecido de Capítulos y artículos que forman parte del mismo.

Art. 5°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los diez días del mes de mayo de dos mil dieciocho.

REGISTRADO BAJO EL N° 008/18.

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